
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid mantiene la vigencia a la multa de 64,05 millones de euros impuesta a Airbnb por el Ministerio de Consumo. Los magistrados han denegado la suspensión cautelar solicitada por la plataforma, lo que implica que la sanción vuelve a ser ejecutable mientras se resuelve el recurso principal sobre su legalidad (Consumo multa a Airbnb con 64 millones por anunciar viviendas turísticas ilegales).
Según apunta El Confidencial, la compañía pretendía evitar el pago hasta que hubiera una resolución definitiva. Sin embargo, Airbnb aún puede presentar un recurso de reposición o acudir al Tribunal Supremo para solicitar nuevas medidas cautelares, aunque ninguna de estas vías suspende automáticamente la ejecución de la sanción. Además, el recurso de reposición lo resolvería el mismo tribunal que ya ha rechazado la suspensión.
Con este escenario, la plataforma dispone de varias opciones: abonar la multa; presentar un aval bancario o un seguro de caución para evitar el desembolso inmediato; o afrontar las consecuencias de un eventual impago. En este último caso, el Ministerio podría iniciar un procedimiento de apremio que incluiría embargos, recargos e intereses (Golpe a Airbnb: obligada a retirar 65.000 pisos turísticos ilegales).
Desde la plataforma sostienen que han recurrido una decisión que consideran “contraria al marco legal español y europeo” y subrayan que el auto judicial es “puramente procedimental y no entra sobre el fondo del caso”. Además, defienden haber cumplido con la normativa vigente, colaborando con las autoridades desde la entrada en vigor de la regulación de alquileres de corta duración el pasado 1 de julio.
El origen de la sanción se remonta al verano de 2025, cuando Consumo detectó irregularidades en 65.122 anuncios publicados en la plataforma, que posteriormente fueron retirados. Estas prácticas dieron lugar a una multa principal de 63,98 millones de euros por infracciones como la falta de licencias, publicidad engañosa o información incorrecta sobre los anfitriones.
Según el ministerio, la cuantía equivale a seis veces el beneficio ilícito obtenido desde el aviso hasta la retirada de los anuncios. A esta cantidad se suman otros 75.000 euros por infracciones adicionales, entre ellas el incumplimiento de medidas provisionales y la negativa a facilitar información durante la inspección.

