
La Junta de Andalucía ha recurrido ante el Tribunal Supremo el Registro Único de Arrendamiento de viviendas turísticas aprobado por el Gobierno central y en vigor desde julio, al considerar que invade competencias autonómicas en materia de turismo. La norma obliga a propietarios y empresas a obtener un número identificativo en el Registro de la Propiedad para poder anunciar sus inmuebles en plataformas digitales (El registro español de viviendas turísticas, en riesgo).
Así, cualquier vivienda destinada al alquiler de corta duración debe contar con ese código estatal para publicitarse en portales como Airbnb o Booking. Una exigencia se suma a los registros autonómicos ya existentes, que, en el caso andaluz, obliga a los propietarios a inscribir previamente sus alojamientos en el Registro de Turismo de Andalucía (Por qué otro registro más de las viviendas vacacionales).
Por ello, según El Economista, el ejecutivo autonómico sostiene que la regulación del turismo corresponde a las comunidades autónomas y recuerda que otras regiones como Madrid, Cataluña, Castilla-La Mancha, Castilla y León o Extremadura también cuentan con sistemas propios de inscripción. A su juicio, la coexistencia de ambos registros supone una duplicidad que afecta a los titulares de estas viviendas.
Este conflicto coincide con el requerimiento de la Comisión Europea para que España resuelva esta situación antes del 20 de mayo, fecha en la que será aplicable el nuevo reglamento comunitario sobre alquileres de corta duración. En el caso de la norma europea, establece que los Estados deben contar con un único procedimiento de registro, y prohíbe que una misma vivienda esté sometida a más de un trámite de inscripción.
En paralelo, Andalucía ha remitido a Bruselas su Anteproyecto de Ley de Turismo Sostenible, que prevé dar potestad a la comunidad para exigir a las plataformas la retirada de anuncios no inscritos en su registro y sancionarlas si incumplen. De momento, Bruselas ha recordado que el Reglamento de Servicios Digitales ya fija obligaciones para estos portales y que España ha designado a la CNMC como autoridad supervisora con capacidad sancionadora.

